Bienvenido al Sistema electrónico para la autorización de viaje (ESTA)

El Programa de exención de visa permite a los ciudadanos de países participantes viajar a Estados Unidos por transito, negocios o placer por estadías de 90 días o menos sin obtener una visa.


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RECORDATORIO: solicite el ESTA a más tardar 72 horas antes de partir a los Estados Unidos. Las aprobaciones en tiempo real ya no estarán disponibles en el aeropuerto sin un ESTA aprobado que probablemente resulte en la denegación de embarque.

¿Quiénes reúnen los requisitos para una ESTA?

Usted reúne los requisitos para solicitar admisión bajo el Visa Waiver Program (VWP) si:

  • Pretende entrar a los Estados Unidos por un máximo de 90 días o menos, por motivos de turismo o negocios, o si está en tránsito
  • Cuenta con un pasaporte válido que le haya expedido legalmente un país participante del Visa Waiver Program
  • Llega por una aerolínea que sea signataria del Visa Waiver Program
  • Tiene un billete de regreso o para continuar su viaje
  • El viaje no termina en un territorio contiguo ni en islas adyacentes, a menos que el viajero sea residente de una de esas zonas
  • Es un ciudadano o extranjero proveniente de uno de los países del Visa Waiver Program que se enumeran a continuación:
    • Andorra
    • Australia
    • Austria
    • Bélgica
    • Brunei
    • Chile
    • Croacia
    • República Checa
    • Dinamarca
    • Estonia
    • Finlandia
    • Francia
    • Alemania
    • Grecia
    • Hungría
    • Islandia
    • Irlanda
    • Italia
    • Japón
    • Latvia
    • Liechtenstein
    • Lituania
    • Luxemburgo
    • Mónaco
    • Países Bajos
    • Nueva Zelandia
    • Noruega
    • Polonia
    • Portugal
    • República de Malta
    • San Marino
    • Singapur
    • Eslovaquia
    • Eslovenia
    • Corea del Sur
    • España
    • Suecia
    • Suiza
    • Taiwán[1]
    • Reino Unido
  • El agente de inspección de United States Customs and Border Protection debe establecer que tiene derecho a ser admitido bajo el Visa Waiver Program y que no es inadmisible según la Immigration and Nationality Act.
  • Renuncia a cualquier derecho de reconsideración o apelación de la decisión de admisibilidad del agente de United States Customs and Border Protection, o de disputa —aparte de una sustentada en una solicitud de asilo— de medida de expulsión alguna derivada de una solicitud de admisión bajo el Visa Waiver Program.
  • Reafirma, mediante la presentación de identificadores biométricos (incluyendo huellas dactilares y fotografías) durante el procesamiento a su llegada en los Estados Unidos, su renuncia a cualquier derecho de reconsideración o apelación de la decisión de admisibilidad del agente de United States Customs and Border Protection, o de disputa —aparte de una sustentada en una solicitud de asilo— de medida de expulsión alguna derivada de una solicitud de admisión bajo el Visa Waiver Program.
  • No plantea una amenaza para el bienestar, la salubridad, la protección o la seguridad de los Estados Unidos.
  • Ha cumplido con todas las condiciones de admisión durante las entradas anteriores bajo el Visa Waiver Program.

[1] Con respecto a toda referencia a "país" o "países" hecha en este documento, cabe señalar que la Taiwan Relations Act of 1979, Pub. L. No. 96-8, Section 4(b)(1), establece que "siempre que las leyes de los Estados Unidos hagan referencia a, o estén relacionadas con países, naciones, Estados, gobiernos o entidades extranjeras parecidas, tales condiciones y leyes incluirán y se impondrán con respecto a Taiwán". 22 U.S.C. § 3303(b)(1). Asimismo, toda referencia a "país" o "países" que aparezca en la legislación que autoriza el Visa Waiver Program, Section 217 del Immigration and Nationality Act, 8 U.S.C. 1187, se interpretará de modo que incluya a Taiwán. Esto es congruente con la política estadounidense de una sola China, por la que los Estados Unidos han mantenido relaciones extraoficiales con Taiwán desde 1979.

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